Juan B. Carranza S.C. AGENCIA ADUANAL
Carrel Forwarding Inc. JUAN B. CARRANZA S.C. A.A.

Asunto: Prorroga artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera (Documentos que el importador debe proporcional anexos a la manifestación de valor).

 

Estimados clientes.

 

Por medio del presente, se les informa que el pasado 17 de mayo del 2017, el Servicio de Administración Tributaria, a través de su portal, publico la “Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2017 y su Anexo 1-A”  versión anticipada.

 

Cabe destacar que dicha Resolución, en su Resolutivo Tercero, modifica el Resolutivo Décimo tercero de las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2017, publicadas en el DOF el 27 de enero del 2017, para determinase que NO será exigible el cumplimiento de la obligación del importador de proporcionar el Agente Aduanal los elementos anexos a la manifestación de valor señalados en el art. 81 del Reglamento de la Ley Aduanera, durante la vigencia de las Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2017.

 

Siendo así, la obligatoriedad que se tenía prevista que entrara en vigor el 01 de junio del 2017, será prorrogada conforme lo anteriormente establecido.

 

En la siguiente dirección podrán encontrar la Resolución a la que se hace referencia:

 

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/normatividad/Paginas/RGCE_2017_versiones_anticipadas.aspx

 

Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.

JUAN B CARRANZA SC.

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